Junta Directiva

JUNTA DIRECTIVA: La junta Directiva está integrada por SIETE (7) asociados, elegidos por la Asamblea General, para un periodo de dos (2) años.  Internamente designará los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres vocales.

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA:

Adoptar las políticas administrativas y los lineamientos estratégicos necesarios para lograr los objetivos de la Asociación.

  1. Expedir su propio reglamento.
  2. Elegir a su interior, para periodos de dos años, al presidente, el vicepresidente, el tesorero, el secretario y vocales de la Junta Directiva.
  3. Proponer a la Asamblea General la designación y periodo del director ejecutivo de la Asociación.
  4. Proponer el plan de acción, el programa de consecución de fondos y el presupuesto anual presentados a consideración de la Asamblea General.
  5. Proponer el plan de acción, el programa de consecución de fondos y el presupuesto anual presentados a consideración de la Asamblea General
  6. Supervisar el desempeño de la Asociación, fijar los indicadores de gestión operacional, financiera y de impacto social, e implantar las medidas necesarias y convenientes para su buena marcha, la protección de sus bienes y el adecuado recaudo, administración e inversión de sus fondos.
  7. Revisar el informe anual de actividades de la Junta antes de su presentación a la asamblea General por parte del presidente
  8. Examinar periódicamente los estados financieros de la Asociación en particular antes de su presentación a la Asamblea General por parte del tesorero y el director ejecutivo.
  9. Proponer a la Asamblea General el valor y forma de pago de los aportes o cuotas de admisión, ordinarias o extraordinarias, ya sea en dinero, especie o servicios, así como de las demás contribuciones, según la dase de asociados
  10. Expedir los reglamentos relativos a la admisión, retiro y exclusión de asociados, así coma los reglamentos de servicios internos y externos.
  11. Delegar misiones especificas a otras instancias de la Asociación, a sus asociados o a comités especialmente creados y compuestos por sus asociados, para adelantar tareas precisas, previo consentimiento. igualmente designara a los coordinadores y supervisara el funcionamiento de los comités
  12. Proponer a la Asamblea General, la estructura administrativa de la Asociación, con precisión de los cargos, funciones generales, forma de vinculación y remuneración de los empleados, representantes o asesores.
  13. Autorizar al director ejecutivo o representante legal para la celebración de contratos y/o convenios
  14. Realizar el seguimiento y supervisión a la gestión del director ejecutivo
  15. Aceptar herencias, legados y donaciones, establecidos dentro de los marcos legales.
  16. Las demás funciones que le asignen estos estatutos, la Asamblea General o sean propias de su naturaleza